Sixteenth Century Spanish Grants of Armorial Bearings to Indigenous Mexican Indians

 

 

click here to learn about what these grants may have looked like

above a sixteenth century Spanish grant of arms to one of the Spaniards who conquered Mexico, Pedro de Villanueva.

Villanueva fought alongside Cortes during the siege of Tenochtitlán, and received a grant of arms in 1559.

If this grant is authentic, then it may give some impression of what the other grants of arms to Aztec and Tlaxcalan nobles may have looked like

 

During the course of the sixteenth century, Spanish sovereigns granted arms, titles and land, among other things, to reward those individuals who aided in the Spanish conquest and settlement of the Americas. Between 1523 and 1585, at least two dozen Spanish grants of armorial bearings were made to native chieftains who helped in the Spanish colonization. Some of these grants are among the earliest, if not the earliest, grants of arms made to individuals born in the Americas. The first of these grants was made in 1523, a scant two years after the fall of the great Aztec capital city of Tenochtitlán (modern day Mexico City), the population of which was then 250,000 (only four cities in Europe-Naples, Milan, Venice and Paris, had more than 100,000 residents during this same period).

According to Michael C. Meyer, Hernando Cortés, the Spanish conqueror of Tenochtitlán, defeated his Aztec foes with a force of 900 European soldiers, supplemented with “native legions numbering some hundred thousand warriors” (The Course of Mexican History; Oxford University Press: 1995, p. 126). Many of these fighters were Tlaxcalans, a tribe fiercely opposed to the Aztec peoples, and many of these grants of arms were made to Tlaxcalan nobles in memory of their or their fathers’ service to Cortés. Some of these native nobles, both Tlaxcalan and Aztec, converted to Christianity, adopted European names and were, in the words of Meyer, “lackeys of the Spanish, who imitated Spanish ways and frequently exploited their own people” (p. 213).

 

The texts and images of these grants were published, in whole or in part, by Ignacio de Villar Villamil (Cedulario Heraldico de Conquistadores de Nueva España; Publicaciones del Museo Nacional, México City: 1933) and Guillermo S. Fernández de Recas (Cacicazgos y Nobiliario Indigena de la Nueva España; Instituto Bibliografico Mexica, México City: 1961). They are given below in chronological order. The complexity of some of these Spanish blazons poses a challenge to this author, and as such they have been left untranslated. Contemporary line drawings of most of these arms are given below. Those who cannot read Spanish may get a sense of these arms by examining these drawings and illustrations in conjunction with English translations of the blazons (which are distinguished by a bold font) imperfectly generated by such websites as Google Language Tools:

(http://www.google.com/language_tools?hl=en)

I have commented below on what I find interesting about each of these grants of arms. Many of them were granted simultaneously. A third of these grants were made on a single date: August 16, 1563. It would be interesting to know why this was. Many of these arms were quartered, the first and third quarters reflecting Indian charges, and the second and fourth quarters usually featuring versions of the traditional Spanish arms corresponding to the new European surnames that these Indians adopted. They are also surrounded by bordures charged with mottos in Latin, which appear to be of a liturgical or Biblical nature. In addition to being some of the earliest grants to individuals born in the Americas, many of these arms are early examples of the incorporation of American flora, fauna, architecture, weapons, mythological creatures and other objects as heraldic charges. In addition, many of these arms say something about how those who designed them wanted the relationship between the Spanish and their native subjects to be seen and understood.

 

 

These arms were granted on April 14th, 1523, by the Holy Roman Emperor Charles V to Diego de Mendoza, Austria y Moctezuma, son of Fernando Cortés Cuauhtémoc. Cuauhtémoc was the last native Aztec Emperor, reigning at the age of eighteen from October 1520 to August 1521. After the fall of the Aztec capital city of Tenochtitlán, Cuauhtémoc tried to escape by canoe but was captured by Cortés’ men. According to Meyer, Cuauhtémoc was taken to Cortés, “touched the dagger in Cortés’ belt and spoke ‘I have done everything in my power to defend myself and my people, and everything that it was my duty to do, to avoid the pass in which I now find myself. You may do with me whatever you wish, so kill me, for that will be best’...and it was poetically apt that this its last great warrior-king was Cuauhtémoc, whose name translates as “Falling Eagle” or, in another sense, “Setting Sun” (p, 128). Diego’s arms are quartered, the first quarter being charged with a crowned eagle, the second quarter Argent three bars Gules, the third quarter charged with a city of gold on a green field, on one of the towers is a sword, a shield, a white flag charged with a sun, and a pair of native canvas shoes called cacles. The fourth quarter is charged with a prickly pear cactus, and an eagle perched on a castle wearing an Imperial Crown. A bordure overall is charged with the words: LUMEN AD REBELACIONE GENCIUN A GLORIA PLENIS QUAVIS QUE NON AD ULTRA PRECLARIS SISTIO.

 

Dn. Carlos Por la Gracia de Dios, etc. etc. – Por hacer bien y merced a vos Dn. Diego de Mendoza, Austria y Moctezuma, hijo de Dn. Fernando Cortés Cuauhtémoc, Señor Rey que fué de esta Nueva España y ser nieto del monarca y emperador Moctezuma y de los demas reyes que fueron, de cuya prosapia, de cuyo origen, de cuyo Imperio de Tezozomoc, de Aztcapotzalco, fueron principio del Imperio Mexicano y en quien tuvo principio Cuacuapichinac, en el Pueblo de Santiago Tlaltelolco, cuya descendencia de Dn. Diego de Mendoza, Austria y Moctezuma, de las nuestras Indias, me ha sido hecha relación, que el derecho vuestro y vuestro padre y vos que me habeis servido en toda la conquista y pasificación de esta Nueva España de México y como fué eso de Juchipila y Mextitlán, Jalisco y demas provincias y desde el camino de México, hiciesteis y pasificasteis los Zacatecas y San Luises y toda esa conquista y pasificación de Axacuba y las provincias de toda la Chontalpa y en toda aquello que fué menester de socorro, dandonos muchos bastimentos y tesoros y mucho orden, para la pacificación, en que siempre os señalasteis, por mis leales servidores nuestros por nuestra persona y a mas gente y hacienda, recibisteis con mucho amor y amistad y amparasteis a Dn. Fernando Cortés, al tiempo que en nuestro nombre, fué a ese dicho Reino de las Indias y os sujetasteis y pasasteis debajo de nuestro dominio y señorio real y habeis tenido voluntad de la continuar, como valeroso Capitán de tal prosapia y real generación y me fué suplicado atento los servicios de vuestros padres y vuestros y por que de vos y ellos quedan perpetua memoria y de vuestros descendientes fueseis mas honrados, por la presente os hacemos merced de todas las tierras de su cacicazgo y señorío, como son; las de Tenayuca, Ticumán, Huastepec, que le poneis por nombre “El Rincón de Dn. Diego” y os hago señor de todo lo que le pertenece y la laguna de Ecatepec y San Cristobal y de toda la provincia de la Chontalpa, Mextitlán, Juchipila, Jalisco y Chalco, Atenco, Coxcatlan, Temematla y la de Tespocolula y Hayapatec, Camacoyo y todas las de Chilapa y todas las han tenido de vuestro cacicazgo y señorío, etc. etc. – Que sea para vos y vuestros hijos y descendientes y os damos merced en bastante forma para que la goceis vos, el dicho Dn. Diego de Mendoza, Austria y Moctezuma, perpetum memoriam y por gratitud es Nuestra merced y voluntad, que seais Gobernador del Pueblo de Santiago Tlaltelolco y de Axacuba y Chilapa, perpetuamente, vos y vuestros hijos y descendientes y descendencia, con las rentas que pedisteis y suplicasteis, etc. Y para que esteis mas honrados y mas enoblecidos, un escudo partido en cuatro partes, sobre unas peñas, sobre unas aguas de mar, azules y blancas, con las alas abiertas, coronada, con una corona de oro a la cabeza y trece estrellas que la guarnezcan de plata, y dicha aguila parda, tenga el pico y pies de oro, en campo plata y en el segundo cuarto, alto, de la mano izquierda, halla tres fajas coloradas en campo de plata y oro y en el tercero cuarto bajo de la mano derecha esté una ciudad de oro, en campo de esmeralda y sobre sus torreones una lanza, que tenga una bandera blanca, un sol de oro y unos rayos de una estrella, que alumbre por el perfil del escudo alto, una espada con guarnición de oro, que este puesta junto a la bandera blanca, que esté sobre una rodela de oro y sobre la espada y lanza, dos alpargatas de colores, que se llaman cacles, labrados de colorado, verde, amarillo y blanco y en el postrero cuarto bajo, de la mano izquierda, esté un árbol que se llama tunal, con unas hojas de su estirpe verdes y al pie de dicho árbol, un castillo, alto, pardo, sobre aguas de mar azules y blancas, en campo de plata y sobre el castillo, una aguila negra, con las alas y pies abiertos y una corona imperial de oro, puesta sobre la cabeza y el pico y pies de oro y una orla verde y colorada y siete coronas de reyes, que guarnezcan el castillo alrededor y en la mitad del cuarto del escudo derecho y del izquierdo, hayan y esten unas letras de negro, que digan: LUMEN AD REBELACIONE GENCIUN A GLORIA PLENIS QUAVIS QUE NON AD ULTRA PRECLARIS SISTIO, y por timbre, un yelmo cerrado, con su rollo torcido y por divisa unas plumas amarillas, verdes, azules y blancas y sus trascoles y dependencias a follages de azul y oro o como la mia merced fuesemos acatando los de nos servicios y de los que esperamos, que nos debeis de hacer de aqui adelante, que vos y el dicho Dn. Diego de Mendoza, Austria y Moctezuma y vuestros hijos y descendientes y descendencias y de cada uno de ellos hagan y tengan por suyas las dichas armas y de sus tierras de cacicazgo y señoríos, que de suso se hace merced y se mencionan, tal como este, según va pintado y figurado, con las dichas tierras y las hallais y tengais, con las dichas armas conocidas, que las podais traer y poner, en vuestras casas, etc. etc. – Dada en Sevilla, a 14 de abril de 1523. – YO EL REY. – Yo Francisco de los Cobos, Secretario de sus Magestades Cesareas.

 

 

On January 6, 1534, Emperor Charles V granted armorial bearings to Diego Tellez Cortés, the Indian ruler of the city of Xochimilco. Diego helped the Spanish conquer Mexico and was baptized by them. He was granted quartered arms, the first quarter charged with two tigers in a gold field, the second quarter charged with an eagle on a prickly pear cactus on a red field, the third quarter charged with three fleur-de-lys Argent and Gules on a field Vert, and the fourth quarter charged with Gules a lion Or with some feathers and arrows. A bordure contains the motto: ERO FIDELIS USQUE AD FINEM. The symbol of an eagle perched on a cactus as seen in this coat of arms is featured on the modern Mexican flag, and comes from an ancient Aztec legend that stated the Aztecs should settle on land where they saw an eagle land on a cactus.

 

Don Carlos de la Divina Clemencia, Emperador de Alemania, etc. – Por cuanto por parte de vos Dn. Diego Tellez Cortés, Señor Natural y Principal de la ciudad de Xochimilco, que está y reside en esa tierra de la Nueva España ; Nos hicisteis relación, diciendo que nos servisteis en la Conquista y Pacificación de Ella y de su Comarca, con vuestra persona y armas ayudando a los españoles en todo lo que fué posible, llendo y reduciendo a toda la gente bárbara que andaban desparramadas en los montes y quebradas de esa Tierra a la Ley de Nuestra Santa Fé Católica, donde pasaisteis muchos trabajos y necesidades, poniendo en grandes riesgos y peligros vuestra vida como es notorio a la de dicho Nuestro Concejo de las Indias, por cierta probanza y diligencias que por Ellos fué vista, especialmente el día que por mano de Hernán Cortés, recibisteis el agua del bautizmo y le hicisteis que hiciera constar en lo que pedisteis, cuyo tener es el siguiente: Por Cuanto Yo Don Hernán Cortés, Capitán General y Gobernador, que hallandome en la ciudad de Xochimilco, para los bautizos y administrar la Santa Fé Católica, me hicieron un gran lor los Señores Principales de ella, que solo con la ayuda de Dios Nuestro Señor, si no fué movido por un Señor que llamaban Tellez Macelotzín, que me aviso al instante las estanqueras y trampas trazas con que querian perdernos y el dicho Principal con sobrado animo, entró en el tumulto de gente y los amonestó, que para su mucho bien era la que en nombre de Su Magestad, los que se les ofrecia y daba y que se ofrecieran por fieles y vasallos de S. M., de los dichos Principales, con suertes y flechas, que cesó ; me pidió que le mandase bautizar y que por el amor que tenia a todos los españoles, le sirviese y fuese su padrino y que le pusiese mi apellido y elegía por su nombre Diego Tellez Cortés y para que S. M. tuviese presente me pidió le diese por auto y que se ofrecia a S. M., por su fiel vasallo y que así lo declararía y que le diese relación por tal Cacique al dicho Dn. Diego Tellez Cortés y Mandó a los demas Principales, le atiendan y ataquen y le guarden los dichos Fueros y Honores, como fiel vasallo y servidor de S. M., y que en la primera ocasión, le hará relación mas enteramiento de los hechos y servicios, conque va aplicando su buen deseo, para que S. M., en su caso mande lo que convenga. México 19 de diciembre de 1529. – Dn. Fernando Cortés, por mandato de mi Señor; Alonso Valiente. – Y me pedisteis y suplicasteis por Merced, que en remuneración de los dichos vuestros servicios y trabajos y que de ellos queden memoria, vos mandasemos declarar por tal Cacique de la ciudad de Xochimilco y daros por armas, un escudo, hecho cuatro partes; en el cuarto superior, dos tigres empinados en campo de oro y en el cuarto inferior; un león de oro, empinado banecido de negro, que es la divisa que el dicho Principal que vos matasteis llevaba vestida, con una pluma verde y oro en la cabeza y dos saetas de oro en las manos, en campo colorado; y en el cuarto superior izquierdo; un peñol y encima de él una aguila, rampante puesta al vuelo, en campo colorado; y en el otro cuarto bajo, tres flores de lis, blancas y coloradas en campo verde y por orla un rótulo, con unas letras de oro que digan: ERO FIDELIS USQUE AD FINEM; y encima de dicho escudo un yelmo cerrado, con unos follages de negro y oro y que salga de él un rollo, torcido de negro y oro, o como la Vuestra Merced, fuese. E Nos atacando los vuestros servicios, para que de vos y de ellos quedase memoria y vos y vuestros descendientes, sean mas honrados; por la presente os declaramos por tal Cacique y Señor Natural de la Ciudad de Xochimilco y vos hacemos merced, para que podais traer y poner las dichas armas du suso declaradas que así vos las concedemos y un escudo tal como este que aqui va pintado y figurado, las cuales vos damos por vuestras armas conocidas, etc. etc. – Dado en Zaragoza a 6 de enero de 1534.

 

 

On January 6, 1534, Emperor Charles V also granted quarterly armorial bearings to Diego Cortés Chimalpopoca, the first quarter charged with a green palm tree in a gold field, the second and third quarters charged with an arm in armor holding a bow and arrow, and the fourth quarter charged with two tigers. A bordure overall is charged with the words AVE MARIA, GRATIA PLENA.

 

 

Dn. Carlos, por la divina clemencia, Emperador de los Romanos, etc., y Dña. Juana, su madre. Titulo y Privilegio de Armas, perteneciente a Dn. Diego Cortés Chimalpopoca, Cacique del Pueblo de Almoloya. – Por cuanto vos Dn. Diego Ximenez, Cortés Chimalpopoca, Cacique y Señor natural del Pueblo de Almoloya, sujeto a Sultepec, que está y reside en esa tierra de la Nueva España, nos hicisteis relación diciendo que nos servisteis en la Conquista y Pasificación de ella y de su comarca, con vuesta persona y armas, ayudando a los españoles en todo lo que fué posible, trayendo y reduciendo a toda la gente bárbara que andaba desparramada en los montes y quebradas de esta tierra de la Religión de Nuestra Santa Fé Católica, donde pasaisteis muchos trabajos, hambres y necesidades, poniendo en gran riesgo y peligros vuestra vida, especialmente en la frontera de Chichimecas y Provincias de Michoacán, donde los Principales de ellas en compañia de crecido número de gentes, venian sobre los españoles, poniendoles recio cerco, congiedolos sin consierto, hasta que voz con la ayuda de Nuestro Señor, les hicisteis cruda guerra en que algunos de ellos cayeron muertos en tierra y a causa de esto se retrajeron los demas, por lo cual ceso la guerra y la dicha gente españoles, se remedió como era notorio al de Nuestro Concejo de las Indias, por cierta probanza y diligencia que por ellos fué vista, me pedisteis y suplicasteis por merced que en renumeración de los dichos vuestros servicios y trabajos y por que de ellos quedase memoria vos mandasemos dar por armas un escudo, hecho cuatro partes, en alto superior, una palma verde en campo de oro, por la victoria que alcansaisteis en la dicha guerra y en el cuarto inferior un brazo armado que salga de un arroyo de agua, con un arco y una saeta en la mano, en campo colorado y en el otro cuarto, dos tigres empinados de negro y oro, en campo de plata y por orla un rótulo con unas letras de oro, que digan: AVE MARIA, GRATIA PLENA, en campo azul, y encima de dicho escudo un yelmo cerrado con unos follages de negro y oro que salgan encima de el unos plumages de colores con sus trascoles y dependencias a follages de negro y oro, o como la vuestra merced, fuese servido, e nos atacando los vuestros servicios y por que de vos y ellos quedase memoria y vos y vuestros descendientes seais mas honrados, por la presente os declaramos por tal Cacique y Señor Natural del Pueblo de Almoloya y vos hacemos merced para que podais traer y poner las dichas armas de suso declaradas, que así vos concedemos en un escudo a tal, como está segun aquí va pintado y figurado, las cuales vos damos por vuestras armas conocidas, etc. etc. – Dado en Zaragoza a 6 de enero de 1534. – YO EL REY. – Fray Garcia, Cardinalis. – El Dr. Beltrán. – El Licdo. Maldonado Peñaloza. Yo Francisco de los Cobos, Comendador Mayor de León.

 

 

These arms were granted on February 6, 1535 to an indigenous native, Fernando de Tapia, who was the son of Andrés de Tapia. It features a bizarre half-eagle, half-tiger creature, possibly from Indian mythology, in the shield and repeated in the crest.

 

 

 

Don Carlos y Doña Juana, su madre, etc...Por cuanto vos, Fernando de Tapia, natural de la Nueva España, hijo de Andrés de Tapia, nos habeis hecho relacion que el dicho vuestro padre nos sirvió en la toma de la dicha Nueva España en dar aviso a nuestros capitanes é Gobernadores que en nuestro nombre la fueron á conquistar é en todo lo demás que él pudo, como bueno é fiel servidor nuestro, é nos suplicastes é pedistes por merced que acatando los dichos servicios é porque de ellos quedase memoria, vos mandásemos dar por armas un escudo fecho dos partes, en esta manera: en la parte alta del dicho escudio media águila negra é medio tigre juntos, con tres plumas en las cabezas á colores en campo de oro, que son las armas que el dicho vuestro padre tenia por suyas propias; é en el otro medio escudo bajo unas aguas de mar azules é blancas, é por orla del dicho escudo ocho aspas de oro en campo colorado, é por timble un yelmo cerrado con un rollo torcido á colores, y encima la dicha media águila y el dicho medio tigre, con unos trascoles y dependencias á follages azules é colorados, ó como la nuestra merced fuese, etc. Dada en Madrid á 6 de Febrero de 1535. – Yo el Rey.

 

 

These arms were granted on February 16, 1536 to Martin Cortés de Motecuma, son of the Aztec Emperor Moctezuma II, who was killed during the battle of Tenochtitlán in 1520. Charged on two bars are the three letters K, I and F, which according to the text of the grant stand for the names Karl (Emperor Charles V), Juana (the Emperor’s mother Queen Juana the Mad of Castile) and Felipe (the Emperor’s son and heir, Prince Phillip). The crest features a hand between two eagle’s wings Sable holding a scroll with the motto In Domino Confido.

 

 

Don Carlos y Doña Juana, su madre...etc.,...Por cuanto vos, Don Martin Cortés hijo de Motecuma, difunto, natural de la Nueva España, nos hizistes relacion que al tiempo que Don Hernando Cortés, que agora es Marqués del Valle, entró en nuestro nombre de la Corona Real de Castilla a conquistar e pacificar las provincias de la dicha Nueva España, el dicho vuestro padre le ayudó é favoreció para ello, e que con su ayuda e yndustria se acabó de ganar, e que andando en la dicha conquista e pacificacion murió, e que vos, continuando siempre nuestro servicio, habeis venido personalmente a esta nuestra Corte a nos besar las manos, e nos suplicastes e pedistes por merced que acatando los dichos vuestros servicios e del dicho vuestro padre, vos mandásemos dar por armas un escudo que estén dentro dél una águila negra en campo de oro, y dos fajas coloradas que atraviesen el dicho escudo, y en la primera alta dos letras de oro que dicen: K.I., que son las primeras letras de nuestros nombres, y en medio dellas una rosa de oro, y en la otra faja baja otras dos rosas de oro, y enmedio dellas otra letra que dice F., que es la primera letra del nombre del Príncipe Don Felipe, nuestro muy caro e muy amado nieto e hijo, y por orla del dicho escudo ocho letras de oro que digan: AVE MARIA, y entre ellas unas ondas de mar en campo azul, y por timble un yelmo cerrado, y encima dél un rollo torcido de oro y colorado y dos alas de águila negras, y de el medio dellas salga una mano que tenga un rotulo blanco con unas letras negras que digan: IN DOMINO CONFIDO, ó como la nuestra merced fuese. E Nos, acatando vuestra persona e los servicios del dicho vuestro padre, e que aveis venido, segun dicho es, a esta nuestra Corte y estado en ella tres años, e porque vos e vuestros descendientes seais mas honrados tovimoslo a bien e por la presente vos hazemos merced y queremos y mandamos que podais traer y tener por vuestras armas conocidas las dichas armas que de suso se haze minzion en un escudo a tal como este segund aqui va figurado e pintado las quales vos damos por vuestras armas conoscidas e queremos y es nuestra merced e voluntad que vos e vuestros hijos e descendientes dellos e de cada uno dellos las ayais y tengais y podais traer y poner en vuestros reposteros y casas e en los de cada uno de los dichos vuestros hijos e descendientes y en las otras partes e lugares que vos y ellos quisieredes e por bien tovieredes é por esta nuestra carta o por su traslado signado de escribano publico mandamos al Yltmo. Principe Don Felipe nuestro muy caro e muy amado nyeto et hijo et alos ynfantes etc.

Dada en la villa de Madrid a 16 de Febrero de 1536. – Yo la Reyna. – Yo Juan Vazquez de Molina Secretario de sus cesarea y catholicas magestades la fize escribir por su mandado Frater Garcias Cardenalis Seguntinus El Doctor Beltran El Doctor Vernal El Licenciado Gutierre Velazquez.

 

 

These arms were also granted on February 16, 1536 to Don Francisco, son of an Aztec named Cuçumacoci, who was the brother of the Emperor Moctezuma II. The letters K and F in the chief refer, like those letters in the arms of Don Francisco’s cousin Martin Cortés de Motecuma, to the names Karl (Emperor Charles V), Felipe (the Emperor’s son and heir, Prince Phillip). There are two palm fronds in the bordure.

 

 

Don Carlos é Doña Juana, su madre, etc...Por cuanto vos Don Francisco, indio, natural de la Nueva España, hijo de Cuçumacoci, hermano de Montecuma, difunto, nos hizo relacion que el dicho vuestro padre fué uno de los principales de la ciudad de México, é que vos é Don Diego, vuestro hermano, nos servistes en la conquista é pacificacion de la dicha Nueva España, é que agora vos, por nos más servir, habeis venido personalmente á esta nuestra Corte á nos besar las manos como á vuestros Reyes y Señores naturales, é nos suplicastes é pedistes por merced que acatando los dichos vuestros servicios é del dicho vuestro hermano, vos mandásemos dar por armas un escudo hecho tres partes: en la primera alta, dos letras de los nombres de mí el Rey é del Principe Don Felipe, nuestro muy caro é muy amado nieto é hijo, y en medio dellas una flor de lis azul en campo de oro; y en las otras dos partes bajas, una águila de oro en campo azul; y por orla del dicho escudo dos palmas verdes y dos rosas coloradas, la una en lo más alto del dicho escudo, y la otra en lo más bajo en campo de oro, y por timble un yelmo cerrado, con un rollo torcido de azul y colorado, y encima del dicho yelmo dos alas de águila negras, tendidas, con sus trascoles y dependencias á follages de azul y colorado, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Febrero de 1536. – Yo la Reina.

 

 

On the 26th of October, 15, 1537, Emperor Charles V granted these arms to Pablo González, a native chieftain from the province of Xilotepeque, who fought during the Spanish conquest and served against the Chichimecas Indians in northern Mexico. The arms are divided into thirds, the first portion charged with lion holding a banner of the Spanish Royal Arms in a gold field, the second section portion charged with a tiger holding a spear impaling a bloody head, and the third section barry of five Argent and Or. The crest also features an arm in armor.

 

Don Carlos, Por la Divina Clemencia, Emperador de los Romanos, Augusto Rey de Alemania y Doña Juana, su madre: Y el mismo Don Carlos, por la Gracia de Dios, Reyes de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, Hierusalem, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Córdova, de Corcega, de Murcia, de Jáen, de los Algabes, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias, Islas, Tierras Firmes del Mar Oceano, Condes de Barcelona, Señores de Vizcaya y de Molina, Duques de Atenas y de Neopatria, Condes de Rusellon, de Cerdeña, Marques de Oritayn y de Gociano, Archduques de Austria, Duques de Borgoña, Bravante y Milán, Condes de Flandes y del Tirol, etc.

“Por cuanto de parte de vos Don Pablo González, Atexcatzín, Cacique e principal de la Provincia de Xilotepeque, estan y residen en los Nuestros Reynos de esa Nueva España, nos fué hecha relación: Dijeras que nos servisteis en la conquesta y pacificación de ellos y de su comarca nuestro Capitan de la guardia e frontera de Chichimecas, con vuestra persona y armas en compañia de los españoles, dandoles muy buena acogida en vuestra morada e ayudandolos en todo lo que fué posible, trayendo e reduciendo a toda la gente bárbara de esa tierra que andaba retrayda por los sendos y varios montes de esa tierra, a la religión de nuestra Santa Feé Católica, y a la obediencia de Nuestro Real servicio, donde pasaiste muchos trabajos, hambres y necesidades, poniendo en grandes riesgos y peligros vuestra vida, hasta que con la ayuda de Dios Nuestro Señor, quedó quieta y pacifica toda la gente de ella, como les es notorio a los de Nuestro Concejo de las Indias. Por cierta probanza y diligencias que por Ellos fué vista, y en esta razón nos pedisteis e suplicasteis por Merced que en renumeración de vuestros trabajos y servicios, y por que de ellos quedasen memoria, Nos mandasemos dar por armas y privilegio Un escudo, hecho tres partes. – En el cuarto superior, un león empinado con un estandarte blanco y de color rojo en la mano y puestas en el medio de él Nuestras Reales Armas, que por timbre y blasón traias por insignia de Capitán, en la guerra al tiempo de la conquista de esa tierra, en campo de oro, y en el cuarto inferior un tigre empinado con una lanza en la mano y en la punta de ella una cabeza y que salgan de ellas unas gotas de sangre, que es la de un principal, que vos mataistes en Atitalaquia al tiempo de su pacificación y en defensa de Nuestro Real Patrimonio; en campo de esmeralda y en el cuarto de abajo cinco fajas de plata y oro esmaltadas de azul y de color de esmeralda, que por divisa os tocais de ornato y vestidura, en campo colorado, y encima del dicho escudo un Yelmo cerrado y por divisa un rollo torcido de negro y oro con un brazo armado y dos saetas de oro en la mano y que salgan por encima de el unos plumages de colores con sus trascoles y dependencias a follages de negro y oro, o como la Vuestra Merced, fuese. E nos atacando los dichos servicios y trabajos y porque de vos y de ellos quedase memoria perpetuamente y vos y vuestros hijos y descendientes y subcesores seais mas honrrados y a mas de vuestra e buena prosapia, tuvismoles por bien, e por le presente, vos hacemos merced a vos el dicho Don Pablo González, para que podais traer e poner las dichas armas de suso declaradas que ansi vos concedemos por privilegio, timbre y blasón, en un escudo tal como segun va pintado y figurado.”

Las cuales dichas armas Vos damos e concedemos por vuestras armas conocidas y es Nuestra Merced y Voluntad, que vos y vuestros hijos y descendientes e subcesores ansi de vos como de ellos e de cada uno de ellos los hayais y tengais por tales y los podais traer y poner en las partes y lugares que cada uno e fuere quien de vos quisieredes y por bien tubierades é donde quiera que vos y ellos recidierades. Y por esta Nuestra Carta é por su traslado, signado de escribano público, sacado con autoridad de Juez en Publica forma y de manera que haga fé: Mandamos al Serenísimo Principe Don Phelipe, nuestro muy caro y amado nieto e hijo y a los Infantes, nuestros muy caros hijos y hermanos y a los Prelados, Duques, Condes, Ricos-Homes, Maestres de las Ordenes, Priores, Comendadores y Subcomendadores. Alcaldes de los Castillo y Casas Fuertes y Llanas y a los del Nuestro Concejo, Alcaldes, Alguaciles de la Nuestra Casa y Corte y Chancillerias y a todos los Concejos, Corregidores, Asistentes, Gobernadores, Alcaldes, Alguaciles Mayores, Merinos, Priostes, Veinticuatros, Regidores, Jurados, Caballeros, Escuderos, Oficiales, Homes Buenos de todas Ciudades y Villas de todos los Nuestros Reinos y Señorios y de la dicha Nueva España, Islas y Tierra Firme del Mar Oceano, asin los que agora son, como a los que de aqui adelante sean, y a cada uno y cualquiera de ellos en sus lugares y jurisdicciones, que vos ayan y tengan por tal su Cacique de esa Dicha Provincia de Xilotepeque, y por Nuestro Capitán de las dichas fronteras de Chichimecas y vos guarden y cumplan y hagan guardar y cumplir a vos y a los dichos vuestros hijos y descendientes como dicha es la dicha Merced, que ansi Vos hacemos de este dicho Privilegio de Armas y que vos lo dejen traer y exponer libremente en las partes y lugares donde quisieredes e por bien tuvierades, sin que de ello ni en otra parte de ello embargo ni contrario alguno, ni consientan poner, ni en ningun tiempo ni por alguna manera vos impidan el uso de ello, so pena de la Nuestra Merced y de Diez mil maravedis para la Nuestra Cámara, a cada uno que le hiciere.

Dada en Valladolid, a veinte y siete dias del me de octubre de mil quinientos treinta e siete años. – 1537. – YO EL REY. – Yo Francisco de los Cobos, Comendador Mayor de León, Secretario de las Cesarias Catolicas Magestades, la fice escribir por su mandato. – Fray Garcia Cordivalis Secundinus. El Doctor Beltran, Lic. Juan Fernández Carvajal, Lic. Maldonado Peñalosa, Registrada. – Bernal Darias, Por Chanciller, Blas de Saavedra.

 

 

These arms were granted to Don Diego on December 23, 1546. The dexter half of the shield is charged with a pond or lagoon upon which is a rock. Growing out of the rock is a plant Vert and Gules, the so-called prickly pear, which according to the grant the natives called Tenuaztizlan. This is another early example of an American plant incorporated into European heraldry. The name FELIPE in the chief stands for Prince Phillip, who would succeed to the Spanish throne as King Phillip II a decade later.

 

 

Don Carlos é Doña Juana, su madre, etc...Por cuanto Nos somos informados que vos Don Diego, principal de la cibdad de México y Gobernador entre los naturales della, nos habeis servido en lo que se ha ofrescido en aquella tierra, especialmente en la pacificación de la Nueva Galicia y en otras cosas; y Nos, acatando lo susodicho y á que sois fiel vasallo nuestro y buen cristiano, y porque vos y vuestros descendientes seais más honrados, é otros principales se animen á nos servir, nuestra merced y voluntad es de os dar por armas un escudo en que haya en él dos cuartos, partido de arriba abajo: que en el uno y primero dellos esté una laguna con unas aguas azules y blancas; que en el medio de la dicha laguna esté una piedra de su color, y que de la piedra de lo alto della salga una tuna verde y colorada que se dice Tenuaztizlan, en campo celeste; y en el otro segundo cuarto una águila negra rapante á vuelo, abiertas las alas, mirando á la mano derecha, en campo amarillo ó de oro, y encima de los dichos dos cuartos un letrero que diga: FELIPE que es el nombre de Illustrísimo Príncipe, nuestro muy caro y muy amado hijo é nieto; y por orla ocho estrellas de oro de á ocho puntas cada una, en campo azul, y por timble un yelmo cerrado, é por devisa una águila negra rapante, abiertas las alas á vuelo, con su rollo torcido y trascoles y dependencias á follages de azul y oro, etc.

Dada en Madrid a 23 de Diciembre de 1546. – Yo el Príncipe.

 

 

On February 21st, 1551, Emperor Charles V authorized the Spanish Count of Benavente, Antonio Alfonso Pimentel, to grant a version of his own arms to the Indian chieftain of Tezcuco, who adopted the name Hernando Pimentel: quarterly of four, 1 and 4 Or three bars Gules, 2 and 3 Vert five escallops Argent in saltire, all within a bordure compony with the arms of Castile and Leon.

 

 

Don Carlos é Doña Juana, su madre, etc...Por quanto Don Antonio Alfonso Pimentel conde de venavente nos ha echo rrelacion que los años pasados De Vos Don hernando pimentel cacique de tezcuco y su tierra ques en la nueva españa de las nuestras yndias Del Mar oceano syendo como heran antes que se rreduxesen a nuestro rreal servicio los mas prencipales de la tierra avian dado la ovediencia a nos y a don hernando cortes marques del valle en nuestro nombre por ser nuestro capitan general y que para servir y favorecer el pendon rreal avian convocado con gran deligencia todos sus Devdos y vasallos e avian puesto a punto treze vergantines para la entrada quel dicho marques hizo en la ciudad de mexico que se le avia rrevelado donde estuvieron asta dexarlo todo pacifico y puesto devaxo de nuestra ovediencia justicia e que demas desto de su propia voluntad se baptizaron y convertyeron a nuestra santa fee catolica y que en ella an perseverado y perseverais vos el dicho hernando pimentel e que vos por ser de jente prencipal aveis tomado el apellido de los pimenteles e nos a suplicado el dicho conde se os aga merced a vos y a vuestros descendientes podays traer por armas las del dicho conde con la horla quel dicho conde nos lo a suplicado y tenyendo consideracion a los servicios de vos el dicho don hernando pimentel y de vuestros pasados y a que sois cristiano elo abido por bien por ende por la presente vos damos licencia y facultad para que podays tener y traer por vuestras armas conocidas las armas del dicho conde de venavente con la orla que él trae en ellas ca nos por la presente vos las damos por vuestras armas conocidas y queremos y es nuestra voluntad y merced que vos e vuestros hijos e hijas y descendientes dellos tengais e podays traer e tener por vuestras armas las del dicho conde con la dicha orla y vos y ellos las podays tener y poner en vuestros rreposteros casas y capillas y sepulturas y en las otras partes y lugares que vos y ellos y ellas y cada vno dellos quisieredes e por vien tovieredes e por esta nuestra carta o por su traslado synado de escribano publico encargamos al serenysymo principe don phelipe nuestro muy caro y muy amado hijo e nyeto e mandamos a los ynfantes, etc.

Dada en toro a 21 de febrero de 1551. – Yo el Príncipe, el marques, el licenciado gregorio lopes el licenciado tello de sandoval el doctor rrivadeneira el licenciado bribiesca.

 

 

These arms were granted to Don Juan, chieftain of a pueblo called Coloacan, on September 4, 1551. The dexter half of the shield is charged with a human arm grasping a cross with a scroll and the motto Credo In Devm Patrem, and the sinister half is charged with a tower Argent, surrounded with a bordure Gules charged with crossed arrows. The crest features feathers Azure and Or.

 

 

 

 

Don Carlos por la divina Clemencia, etc. Doña Juana, su madre, etc...Por cuanto por parte de bos D. Juan Casique del Pueblo de Coloacan que es en la Nueva España nos a sido echa rrelacion de q. bos nos habeis seruido En lo que se a ofrecido en la dha nuestra, nueba España, en las bezes que a conbenido con Vras Armas y Cavallo como dijisteis q. constaba y parecia por rrazon y enformacion de que en el nuestro consejo de las Indias por Vuestra parte fue echa presentacion y nos fue suplicado que en rremuneracion de los dhos vuestros servicios, y para que de bos y de ellos quedasen perpetua memoria de todo, y otros se animacen a servir, Vos mandasemos dar por Armas Un Escudo echo dos partes que en las una de ellas este una esfera y encima de ella vu brazo desnudo q. tenga en la mano vna Cruz al rededor de ella Un letrero q. diga CREDO IN DEVM PATREM = Todo ello en asul y en la otra parte una Torre Blanca en campo de oro y por orla mitad diez flechas cruzadas en campo colorado y por Timble un yelmo Cerrado y por divisa Un plumaje compuesto con ciertas dependencias de follages de Azul y oro o como Nuestra Merced fuese e nos acatando los dhos buestros servicios y para de bos y de ellos quede perpetua memoria y bos y Vtros. Desendientes seais mas onrrados por la presente os hacemos Merced y queremos y mandados q. podais tener y traer por Vtras armas conocidas, las dhas armas que de suso se hace mencion en Un Escudo a tal como este segun q. aqui ba pintado y figurado las bos damos por armas conocidas y queremos y es nuestra Merced y voluntad q. bos y Vros. Hijos tengais los quales y podais traer y tener por Vras armas las susodichas y los dichos Vtros hijos hijas y desendientes de ellos y de ellas las hallan y tengais y podais tener y poner en Vtros reposteros Cassas Capillas Cepulcros y en otras partes y Lugares que bos ellos y ellas y cada uno de ellos y de ellas quisieredes y por bien tubieredes, etc.

Dada en la Villa de Valladolid de (sic) a Cuatro Dias del mes de Sep de mil e quinientos y sincuenta y un año. – Yo el principe – Yo Juan de Samano Secretario de sus Cesarea y Catolicas Mags, la fise escribir por mandado de Su Alteza en su nombre. El Marques, El Lic. Gutierres El Lic. Gregorio Lopez El Lic. Tello de Sandoval.

 

 

These arms were granted on February 8, 1562, to the Indian governor of the pueblo of Axacuba, Diego de Mendoza, in part for the assistance he gave the Spanish in their battles against the Chichimec warriors. This northern Mexican tribe had resisted Spanish intrusion since the 1540s when silver ore was discovered in the region. Indeed, the text of Diego de Mendoza’s grant of arms mentions the Spanish mines in Zacatecas. His arms are divided per pale, the dexter side charged with an eagle perched on a rocky peak, along with a bow and arrow (in the unusual tincture of orange) and a green tree that the natives called magüey. Also known as the century plant (Agave americana), magüey sap has been fermented by Native Americans for centuries into an alcoholic drink called pulque. The sinister half of the shield consists of the old Mendoza arms from Spain, which in English is blazoned per saltire Vert and Or, a bend Gules fimbriated Or in chief and base, the inscription AVE MARIA Sable in bordure in the dexter flank, and the inscription GRATIA PLENA Sable in bordure in the sinister flank.

 

 

 

Don Felipe, etc,...Por cuanto por parte de vos, Don Diego de Mendoza, cacique é gobernador del pueblo de Axacuba, que es en la Nueva España de las nuestras Indias del mar Océano, que está encomendado á Gerónimo Lopez, vecino y regidor de la ciudad de México, me ha sido hecha relacion que vos y vuestros pasados habeis sido y sois siempre gobernadores y principales en el dicho pueblo, y sois buen cristiano y amigo de los españoles, y que nos habeis servido en todas las cosas que se han ofrescido como leal vasallo y servidor nuestro, especialmente cuando fuistes á la conquista é pacificacion de la provincia de Pano, y despues os hallastes en la jornada y allanamientos de los Chichimecas que andaban alterados en el camino que va desde la dicha ciudad de Méjico á las minas de las Zacatecas, siempre con vuestras armas y caballo, sirviéndonos á vuestra costa y pasando otros muchos trabajos y peligros de vuestra persona, como todo constaba y parescia por cierta informacion de que ante Nos, en el nuestro Consejo de Indias, por vuestra parte fué hecha presentacion, y me fué suplicado que en remuneracion de los dichos vuestros servicios y de vuestros antepasados, y porque de vos y dellos quedase perpetua memoria, y por más nos obligar á nuestro Real servicio, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en dos partes: en la primera parte de la mano derecha esté dividido en dos partes; que en la primera parte alta esté un peñol de su color, en campo blanco ó de plata, y encima del dicho peñol un águila negra rapante, puesta á vuelo, con el pico de oro, de pies encima del dicho peñol, y al lado derecho de la dicha águila un árbol verde que llaman magüey, y en la otra parte de la mano izquierda de la dicha águila un arco y una flecha de color naranjado, y en la otra parte de abajo del dicho peñol una fuente con sus aguaas salobres azules é blancas, que baja de un campo verde hasta lo bajo del medio escudo. Y en la otra parte de la mano izquierda, que es la otra mitad del dicho escudo, las armas de Mendoza en esta manera: partido en aspa, que en la parte de arriba esté una banda colorada orlada de oro en campo verde, y en otra parte abajo la misma banda colorada, orlada de oro en campo verde, y á los lados de la dicha aspa; que á la mano derecha están unas letras negras que dizen: AVE MARIA, en campo de oro, y en la otra parte izquierda otras letras negras que dicen: GRATIA PLENA, en campo de oro, todo dividido con perfiles negros, y en lo alto, fuera del dicho escudo, un yelmo cerrado, y por devisa un rollo torcido y unos penachos y plumas de colores y unos trascoles y dependencias á follages verdes y oro, colorados y de plata, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 8 de Febrero de 1562. – Yo el Rey.

 

 

These arms were granted on August 16, 1563 to Antonio de la Cadena, son of a Tlaxcalan native named Tlacuzcalcate, who apparently aided Hernando Cortés. The quartered arms appear to have as its first quarter the arms of the Spanish Kingdom of Castile, and as its fourth quarter the arms of the Kingdom of Leon. The second quarter is charged with the head of an Indian adorned with feathers and jewelery of emeralds and gold, while the third quarter is charged with an indian shield itself charged with a landscape scene: a rocky crag, overlooking a sea, golden shells and a lance with a flag. A bordure overall is charged with the motto: VINCIMUS APPARUIT GRATIA DEI PLUIT MANA EQUO ANIMO FORTITER ARMA TENENS JUVANTE DEO. The entire sheild is supported from behind by a single lion with, according to the text of the grant, its tail in a knot. Overall the design is both striking and extremely unusual.

 

 

Rare Surviving Example of a Pre-Columbian

Mexican Shield – as seen in these arms and many below

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Antonio de la Cadena, hijo de Tlacuzcalcate, como una de las cuatro cabeceras de la provincia de Tascala, que es en la Nueva España, que se nombra Quiahuizclon, me ha sido hecha relacion que siendo el dicho vuestro padre Señor y uno de las dichas cuatro cabeceras de la dicha provincia, fué avisado cómo Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, iba á aquella tierra en nuestro nombre para la poner debajo de nuestro Señorio, el cual le salió á recibir, y teniendo noticia de nuestra Real persona, y de la del Emperador, mi Señor, de gloriosa memoria, se redució luego á nuestro servicio, y fué en compañia del dicho Don Hernando Cortés á la conquista y poblacion de la ciudad de México, y á las provincias de Galisco, Muchuaungualgequa, Guatimala y Honduras, y otras muchas provincias, con todas sus gentes, armadas y haciendas, hasta tanto que todo estuvo conquistado y pacifico, en lo cual pasó grandes trabajos y gastó muchas hacienda suya, y que vos asimismo nos habeis servido en todo lo que se ha ofrecido, como muy leal vasallo y servidor nuestro, y que ansí teneis voluntad de lo continuar; y me fué suplicado y pedido por merced que porque de los servicios del dicho vuestro padre y vuestros quede perpetua memoria, y vos y vuestros descendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo hecho cuatro partes: que la primera parte alta de la mano derecha esté un castillo de oro en campo colorado, y en el segundo cuatro alto de la mano izquierda esté una figura o medalla con un rostro de indio, el cual tenga un collar de perlas y esmeraldas al pescuezo y una broncha de oro colgando dél, con una esmeralda en medio de la dicha broncha, y en la cabeza una redecilla de oro, como recamada de colorado, con una flor colorada en medio, y sobre la dicha cabeza unos plumages en siete órdenes de colores: azul, colorado, verde, amarillo, verde oscuro y blanco, que cuelguen de la dicha red, y otras plumas de las mismas colores, y la oreja, nariz, barba, horadados, colgando dellas ciertas joyas de oro y piedras; y delante de la dicha figura encima de la cabeza, una estrella de oro en campo azul; y en el tercero cuatro de abajo de la mano derecha, una rodela de pluma; que dentro della, en campo azul o de cielo, esté un peñasco verde y de pardo; que dél salga en campo verde llano, un arroyo de agua azul y blanco, y á la orilla dél estén unos caracoles de oro, y junto al dicho peñasco esté una lanza con su hierro y bandera amarilla y verde con una estrella, y toda la rodela esté orlada de oro y pluma amarilla, realzada de colorado; y cayendo hacia abajo, á manera de flocadura, unas plumas de colores amarillo, morado, azul, colorado, verde y blanco; y junto de la dicha rodela, un manojo de flechas de su color, en campo azul; y en el postrero cuatro debajo de la mano izquierda, esté un leon rapante de color púrpura, con una corona de oro en la cabeza, en campo de plata, y por orla un letrero de unas letras latinas, azules en campo de plata que digan: VINCIMUS APPARUIT GRATIA DEI PLUIT MANA EQUO ANIMO FORTITER ARMA TENENS JUVANTE DEO. Y por timble un leon partido, frontero con un rollo ó guirnalda torcido, de colorado y blanco ó plata que tenga delante de si el dicho escudo é letrero, é le asga con las manos é los pies, los cuales han de parecer la cola del dicho leon, haciendo un lazo á nudo, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Agosto de 1563. Yo el Rey.

 

 

These arms were granted on August 16, 1563 to another Tlaxcalan, Pablo de Castilla, in memory of the help his Francisco Aquiyaualcatltechutel gave Cortés. His arms are divided per pale, the dexter chief charged with a bird known to the Tlaxcala as the Xcuhtocol bird, grasping a lance and a blue flag. Below this is a ship flying what is blazoned as a Spanish flag along a shoreline with three native plants: the prickly pear, a weed called mesquite, and a conifer tree called the ocate pine. The sinister half of the shield consists of a version of the traditional arms of the Spanish Castilla family, a bend between a castle and a lion.

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Pablo de Castilla, principal de la provincia de Tascala, hijo de Don Francisco Aquiyaualcatltechutel, de la dicha provincia, que es en la Nueva Epaña, de las nuestras Indias del mar Océano, me ha sido hecho relacion que el dicho vuestro padre é vos habeis servido al Emperador, mi Señor, de gloriosa memoria, y á Nos, muy lealmente con vuestra personas, armas, gentes y haciendas, así en la conquista y pacificacion de la ciudad de Méjico, en compañía de Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, como en las provincias de Xalisco é los Chuchumecas, hasta tanto que fueron pacíficos debajo de nuestro dominio y Señorío Real, en que siempre os señalastes haciendo cosas notables; especialmente cuando el dicho Hernando Cortés fué á la dicha provincia de Tascala para la poblar y reducir á nuestro servicio, fuistes de los primeros que con mucho amor y paz le salistes á recebir y os pusistes debajo de nuestro servicio, lo cual habia sido parte para conseguir Nos sugetar á la dicha ciudad de Méjico y á las demás provincias de aquella tierra; é me fué suplicado que en gratificacion de los servicios del dicho vuestro padre é vuestros, é porque de vos é de ellos quede perpétua memoria, é vos é vuestros descendientes fuésedes más honrados; vos mandásemos dar armas en un escudo partido en dos partes: que la primera parte de la mano derecha esté partida en faja ó en dos partes; que en la primera parte alta esté una ave llamada Xcuhtocol, con las alas puestas á vuelo, de color azul é verde, que tenga el pico, corona y pies de oro, y en cada ala tenga tres manchas de oro redondas, y delante el cuello é pecho de la dicha águila esté puesta una custodia de oro, y que la dicha águila tenga con el pie derecho una lanza con su hierro de su color, con una bandera azul y en él puesto un sol de oro, y con el pie izquierdo tenga asida una espada desnuda con guarnicion de oro en campo encarnado, y en el otro cuatro de abajo estén unas aguas de mar azules y blancas en que haya un navío de su color, con banderas y estandarte de España, y debajo del dicho mar estén tres islas á manera de peñoles; que en el de en medio esté un árbol llamado Tuna, y los otros tengan otros dos árboles llamados el uno mezquite y el otro occote, en campo de cielo; y el otro segundo y postrer cuatro de la mano izquierda, una banda verde atravesada, que dos cabezas de sierpes doradas la tengan asida con las bocas, la una por el principio y la otra por el fin, é que encima de la dicha banda esté en campo colorado un castillo de oro, y debajo de la dicha banda esté un leon de su color coronado y puesto en salto en campo de plata, y por timble un yelmo cerrado y amarillos, con sus trascoles y dependencias á follages de azul y oro, y por orla del dicho escudo un letrero de letras latinas, negro, en campo de oro, que digan: CORDE CREDITUR AD JUSTITIAM CONVERSIO FUISE AD SALUTEM ET NON ERIT IN NOBIS GRATIA DEI, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

 

 

These arms were also granted on August 16, 1563, to Juan de la Cerda, son of an indian named Bartolomé Xiconga, one of the four native chiefs of the province of Taxcala. The quartered arms feature an unusual first quarter charged with a rocky hill with a bow and arrow. The rock is surmounted by a red heart and a gold crown, and four lions are chained to the said heart. The second and fourth quarters feature a version of the arms of the Spanish family of de la Cerda. The de la Cerda family use Castile impaling Leon quartered with the arms of France, indicating their descent from King Alfonso X of Castile and Princess Blance of France. Juan de la Cerda’s third quarter is most interesting, featuring the figure of an Indian and the figure of a Spainard shaking hands, according to the text of the blazon, as an act of friendship. Above them is a heron with a red flag with a gold cross. As propaganda, this quarter proclaims the supposed friendly relationhip between the colonizer and the colonized. A bordure is charged with the motto: AB UNO MULTI EX IPSO EQUIPARI OMMES VICTORES SUMUS, NEQUE IN NOBIS TIMOR ERIT.

 

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Juan de la Cerda, hijo de Don Bartolomé Xiconga, como una de las cuatro cabeceras de la provincia de Tascala, que se nombra Detitlan, que es en la Nueva España, de las nuestras Indias del Mar Océano, me ha sido hecha relacion diciendo que el dicho vuestro padre y vos, una de las cuatro cabeceras de la dicha provincia, sirvió al Emperador mi Señor, de gloriosa memoria, e á Nos en todo lo que se ofreció, y que siendo avisado como Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, iba á aquella tierra en nuestro nombre para la poblar y hacer que se predicase y plantease en ella nuestra Santa fé católica y ponella debajo de nuestro Señorio, le salió á recibir luego hasta la mar, por si y en nombre de las otras tres cabeceras, y le recibió con toda paz y amor, dándole la obediencia a nuestro servicio, y despues fué en su compañia á la conquista y poblacion de la ciudad de México y las demás provincias de la dicha Nueva España con sus gentes y armas, gastando su hacienda, sólo con celo de nos servir y señalar como buen vasallo, como lo hizo, pasando grandes trabajos y peligros, y que vos asimismo nos habeis servido en todo lo que se ha ofrecido, como leal vasallo y servidor nuestro, y teneis voluntad de lo continuar para adelante, imitando al dicho vuestro padre, y me fué suplicado y pedido por merced que en gratificacion de los servicios del dicho vuestro padre y vuestros, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en cuatro partes: que en la primera parte alta de la mano derecha esté una peña parda y verde, y encima della un corazon colorado que por detras dél salga una espada que parezca la guarnicion de oro, y encima della una corona de oro, y que salgan del dicho corazon cuatro cadenas á los lados del dicho cuatro, en cada una dellas atado un leon de su color, puesto en salto, con coronas de oro de las cabezas y collares azules á los pescuezos; y al pie del dicho peñol esté una rodela blanca, y en medio della cinco manchas de oro puestas como en cruz, y debajo de la dicha rodela un arco con sus flechas de oro en campo de oro; y en el segundo cuatro alto de la mano izquierda, que está partido en dos partes, esté en la una parte un castillo de oro en campo colorado, y en la otra un leon rapante de color púrpura, coronado con corona de oro en campo de plata; y en el tercero cuarto de abajo de la mano derecha tenga un peñol de su color, que encima dél esté en un pie una garza con las alas a vuelo y los pies y pico de oro, y en las alas y cola una mancha de oro redonda, escurecida por las alas y cola de verde, con unas plumas desto, y lo demás della sea blanca; y el otro pie tenga levantado, teniendo en él una lanza con su hierro de su color, con una bandera colorada, y en medio della una cruz de oro que esté mirando hacia abajo á un hombre español y a un indio que estén dándose las manos como que hacen amistad, en campo verde, de pies, junto a unas aguas de mar, vestidos cada uno á su uso, y el indio tenga una guirnalda en la cabeza con plumas de verde y blanco, colorado y azul, que es señal de indio principal, en campo de plata todo ello. En el otro cuatro de abajo de la mano izquierda haya ocho flores de lis, las tres á los lados y las dos en medio, en campo de azul, y por la orilla de todo el escudo unas letras rojas ó coloradas que digan: AB UNO MULTI EX IPSO EQUIPARI OMMES VICTORES SUMUS, NEQUE IN NOBIS TIMOR ERIT en campo de plata, y por timble un yelmo cerrado con su rrollo torcido, y por divisa unos plumages blancos y colorados y azules, con sus trascoles é dependencias á follages de azul y oro, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

 

 

Lucas Ponce de Leon recieved this grant on August 16, 1563, in memory of his father’s actions during the conquest of Mexico. His father was a Tascalan named Quatiatlaplatzinhatoami. The second and fourth quarters feature the arms of the Spanish family of Ponce de Leon. The first quarter is divided per pale, the dexter half charged with among other things an Indian shield, a lance, a sword, and a pair of native shoes that the Indians call esdaques. The sinister half is charged with a castle above water. The third quarter is charged with an eagle and some orange colored flowers. Overall a bordure is charged with the motto LUMEN AD RREUELACIONEM GENTIUM ET GLORIAM PLEBIS QUANUIS QUOAD ULTRA PRIUS CLARESCIS.

 

 

 

Don Felipe, etc...Por quanto por parte de vos Don Lucas Ponce de Leon hijo de Quatiatlaplatzinhatoami, principal de la prouincia de Tascala que es en la Nueva España de las nuestras Indias del mar occeano me ha sido echa rrelacion quel dicho vuestro padre y vos servistes al Emperador my Señor de gloriosa memoria e a nos en todo lo que se a ofrecido como leales vasallos y servidores nuestro con vuestras personas, armas, gentes y hacienda especialmente en la conquista y pacificacion de la ciudad de Mexico y de toda la nueva España y prouincias de Galicia y las Chuchumecas en que siempre os señalastes por muy leales a nuestro seruicio y como tales rrecibistes con mucho amor y amistad y amparastes a Don Hernando Cortes Marques del Valle al tiempo que en nuestro nombre fue a la dicha Nueva España los sugetastes y posistes debaxo de nuestro dominio y señorio rreal y que ansy teneis vos voluntad de lo continuar y me fue suplicado que en gratificacion de los seruicios del dicho vuestro padre y vuestros y porque de vos y dellos quede perpetua memoria y vos y vuestros decendientes fuesedes mas honrrados vos mandasemos dar por armas un escudo partido en quatro partes que la primera parte alta de la mano derecha este partido en dos que en la una este una rodela de oro naranjado con unas labores de colorado azul y verde y que cuelguen de la dicha rodela a manera de flocaduras unas plumas amarillas, azules y blancas y sobre la dicha rrodela este una lanza que tenga una vandera blanca de plata y en medio della un sol de oro e que asome por otra parte de la dicha rrodela un espada con guarnicion de oro y en medio de la espada y lanza dos alpargatas de yndios que se llaman esdaques labrados de colorado y blanco y amarillo que en ello este una cabeza de lobo de oro con unos plumeros que salgan della de colorado y amarillo y verde y unos rrayos de una estrella que asoma por el perfil alto del escudo en campo colorado y en la otra parte del dicho quarto un castillo alto pardo sobre unas aguas de mar azules e blancas en campo de plata. Y en el segundo quarto alto de la mano yzquierda aya tres faxas coloradas en campo de oro. Y en el tercer quarto bajo de la mano derecha un aguila de su color con el pico y pies de oro coronada con una corona de oro en la cabeza que este puesta sobre unas peñas pardas que a la una parte della este unas cañas verdes y a la otra parte unos claveles de Indias de color naranjado e las ramas e hojas verdes en campo azul. Y en el postrero quarto bajo de la mano izquierda este una orla de blanco y plata con ocho escudos de oro cada uno con una faja verde en medio de cada uno dellos y dentro de la dicha orla este el dicho quarto partido en dos partes que en la una de la mano derecha este un leon de oro puesto en salto en campo azul y en la otra parte dos barras de oro a la larga en campo colorado y una orla verde en el dicho escudo y unas letras de oro que digan: LUMEN AD RREUELACIONEM GENTIUM ET GLORIAM PLEBIS QUANUIS QUOAD ULTRA PRIUS CLARESCIS (En el escudo las últimas palabras son...qui non ad ultra prius y se potuit.) y por tymble un yelmo cerrado con su rrollo torcido y por devisa unos plumages verdes y azules y amarillos y de plata y sus trascoles y dependencias y a follages de azul y oro o como la nuestra merced fuese. E nos acatando los dichos seruicios del dicho vuestro padre y vuestros y los que esperamos que nos hareis de aqui adelante y porque de vos y dellos y del dicho vuestro padre quede perpetua memoria y vos y vuestros decendientes seais mas honrrados. Por la presente vos hacemos merced queremos y mandamos que podais traer y poner por vuestras armas conocidas las dichas armas que de suso se hace mencion en un escudo a tal como este segun que aqui va pintado y figurado las quales vos damos por vuestras Armas conocidas y queremos y mandamos y es nuestra merced y voluntad que vos el dicho Don Lucas Ponce de Leon vuestros hijos y descendientes dellos e de cada uno dellos las ayais y tengais y podais traer y poner en vuestros reposteros y casas y en las de cada uno de los dichos vuestros hijos y decendientes y las otras partes y lugares que vos y ellos quisieredes y por bien tuuieredes y por esta nuestra carta o por su traslado signado de escribano publico encargamos al Serenysimo Principe Don Carlos nuestro muy caro y muy amado hijo y mandamos a los Infantes nuestros muy caros hermanos, etc.

Dada en Madrid a 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey – Yo Francisco de Eraso secretario de su Magestad Real la fice escribir por su mandado – Presidente Licenciado Don Juan Sarmiento – El Doctor Vazquez – El Doctor Francisco Hernandez de Lieuana – Licenciado Alonso Muñoz.

 

 

Mixcouatehultli’s son Antonio de Guevara was granted these arms on August 16, 1563 as well. The second and third quarters correspond to the traditional arms of the Spanish Guevara family. The first quarter is charged with an owl perched on a rock, between a ship on a sea and a castle. The third quarter is charged with a native shield, which is itself charged with the figure of a warrior holding a sword and wearing a morrion-style helmet. Behind the native shield are two lances with flags, one flag featuring pinapples and a lion, and the other flag featuring a sun. A bordure is charged with the motto: VIGILANS VIGILAVIT ET INTENDI MIHI NAM QUOD EXTRA POTUIT INTERIUS POTUISSET. Above the helm is the crest: the head of an ermine between two eagle’s wings. The wings are charged with the second and fourth quarters - arms of the Guevara family.

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Antonio de Guevara, hijo de Mixcouatehultli, principal de la provincia de Tascala, que es en la Nueva España de las nuestras Indias del mar Océano, me ha sido hecha relacion que el dicho vuestro padre é vos servistes al Emperador, mi Señor, de gloriosa memoria, y á Nos muy lealmente en todas las cosas que se han ofrecido con vuestras personas, armas, gentes y haciendas, ansí en la conquista y pacificacion de la ciudad de México en compañía de Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, como en las provincias de Golisco, Chuchumecas, y le acompañastes y seguistes hasta tanto que fueron pacíficas, continuando siempre nuestro servicio; y que demás desto, como nos es notorio, fuistes de los primeros que en esta tierra se reducieron en nuestro servicio, á cuya causa é por vuestro favor y amistad que con el dicho Marqués tomastes se conquistó é ganó la dicha Nueva España, en los cual pasastes grandes trabajos y peligros de la vida sólo con celo de nos servir y por continuar vuestra lealtad, y me fué suplicado y pedido por merced que en gratificacion de los servicios del dicho vuestro padre y vuestros, y porque de vosotros é dellos quedase perpétua memoria, y vos é vuestros descendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en cuatro partes: que en la primera parte alta de la mano derecha esté una lechuza ó buho de su color sobre unas rocas pardas é verdes que están junto á unas aguas de mar azules y blancas, y que de una parte sobre las dichas aguas esté un navío de su color, y de la otra parte sobre una de las rocas esté un castillo de oro, y en alto en derecho del dicho buho esté una corona de oro en campo de cielo, y en el segundo cuarto alto de la mano izquierda estén cinco panelas blancas en campo colorado, y en el tercer cuarto debajo de la mano derecha esté una rodela borlada de amarillo; que en medio della esté figurado un hombre armado de la cinta arriba, el cual tenga una espada desnuda en la mano, y puesta en la cabeza una celada ó morrion con unos plumajes colorados, verdes y blancos en campo de oro, y la dicha rodela con plumas que cuelgan hacia abajo á manera de flocadura, de amarillo, azul y verde y blanco, é de la dicha rodela salga una saeta é dos lanzas con sus hierros de su color; que en la una esté una bandera blanca con un pino verde y piñas de oro, y un leon de su color, puesto en salto, hacia el dicho pino, y en la otra lanza esté otra bandera blanca con un sol de oro en ella, figurado en campo colorado; y en el postrer cuatro debajo de la mano izquierda estén dos bandas de oro en campo de plata con cinco armiños negros, y por orla unas letras latinas que digan: VIGILANS VIGILAVIT ET INTENDI MIHI NAM QUOD EXTRA POTUIT INTERIUS POTUISSET, en campo azul, y por timble un yelmo cerrado con su rollo torcido, de armiños y oro sembrado, é por divisa una cabeza de armiño, y á los lados della las armas que van dentro en el dicho escudo en los dos cuartos de la mano izquierda, y sus trascoles y dependencias á follages de azul y oro, ó como la mi merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

 

 

Another grant of arms made on August 16, 1563 to Juan Manrique de Lara Maxizcatzin, son of a Tlaxcalan named Hulamantzin. The arms are quartered 1) a “Qualaltotos” bird on a rock holding a lance in its talon, and on the end of the lance a red flag, 2) a triple towered castle upon waves, 3) a lion, and 4) a native shield charged with a soldier holding a golden mace. Overall a bordure is charged with a motto: MANU TENENS CORDE SUPERANS TRANSFRETI FRUIMUR NEQUE ULTRA VISUS SIMILIS ERIT. Above the shield is a golden coronet.

 

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por partes de vos, Don Juan Manrique de Lara Maxizcatzin, hijo de Hulamantzin, como una de la cuatro cabeceras de la provincia de Tascala, que es en la Nueva España de las nuestras Indias del mar Océano, me ha sido hecha relacion que el dicho vuestro padre sirvió al Emperador, mi Señor, de gloriosa memoria, y á Nos en todo lo que se ha ofrecido, como leal vasallo y servidor nuestro, especialmente al tiempo que Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, fué á esa tierra; que entendido por él que iba á poblar la tierra y hacer que se predicase en ella el Santo Evangelio y plantase nuestra Santa fé católica, le salió á recibir, y recibido, sugetándose á nuestro servicio con toda buena paz y amor, y despues fué en su compañía á la conquista y pacificacion de la ciudad de Méjico, y la ayudó á pacificar y conquistar con otras muchas provincias, llevando sus gentes y armas, señalándose siempre por muy servidor nuestro, y que vos asimesmo habeis servido en todo lo que se ha ofrecido como leal vasallo, y teneis voluntad de lo continuar para adelante, imitando al dicho vuestro padre; y me fué suplicado y pedido por merced que porque de los servicios del dicho vuestro padre y vuestro quedase perpétua memoria, y vos y vuestros descendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en cuatro partes: que la primera parte alta de la mano derecha esté una ave llamada Qualaltotos, verde, y por debajo del cuello y pecho colorada, con el pico y pies de oro, puesta en pie á una peña parda, con las alas á vuelo, y en cada una dellas y en la cola una mancha redonda, y el otro pie tenga alzado con una lanza, y su hierro de su color que tenga una bandera colorada, y en medio una estrella de oro en campo de plata. Y en el segundo cuarto alto de la mano izquierda una torre de tres andenes de plata, con unas ondas de mar azules y blancas al pie dellas en campo colorado; y en el tercero cuarto de abajo de la mano derecha un leon de su color puesto en salto, con una corona de oro en la cabeza en campo dorado, y en el cuarto postrero de la mano izquierda una rodela de pluma amarilla orlada de plumas amarillas, coloradas, azules y blancas y verdes que cuelgan abajo de la dicha rodela a manera de flocadura, y en medio della este un hombre pintado hasta la cinta, armado y alzada la visera, con una maza de oro en la mano, y en el yelmo unos plumages de colores azules y colorados y amarillos en campo de plata, y por orla unas letras latinas de negro que digan: MANU TENENS CORDE SUPERANS TRANSFRETI FRUIMUR NEQUE ULTRA VISUS SIMILIS ERIT, en campo de oro, y por timble y devisa una corona de oro, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid á 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

 

 

Another grant from August 16, 1563 was made to the son of the native Gonzalo Tecpanecate, Francisco de Mendoza. Unlike the previous grants, this quartered coat does not seem to incorporate the arms of any Spanish families. Instead, the four quarters are charged with particularly native charges. The first quarter features a bow and arrows, upon which an crowned eagle is standing. This poor eagle has two spears secured around its neck. Each spear has a little flag at the end. The second quarter is charged with some native plants, including a yellow flower called bobactitli. The third quarter has a prickly pear cactus as well as a herb called clavellinas by the Indians, and the fourth quarter features a native shield incorporating a lion’s head. The achivement is surrounded by a bordure with the motto: O GENTES, VENITE ET VIDETE OPERA DOMINI, QUI POSUIT PAX SUPER TERRAM AUFERENS BELLA USQUE AD FINEM TERRAE, ARCUM CONTRIBIT ET CONFREXIT ARMA ET SCUTA COMBUSIT IGNE. The shield is supported by another strange single lion with its tail in a knot that can be seen in another grant above.

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Francisco de Mendoza, hjio de Don Gonzalo Tecpanecate, principal y como una de las cuatro cabeceras de la provincia de Tascala, que se nombra Copeticpac, que es en la Nueva España, de las nuestras Indias del mar Océano, me ha sido hecha relacion que siendo el dicho vuestro padre Señor y una de las dichas cuatro cabeceras de la dicha provincia, fué avisado cómo Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, iba á aquella tierra en nuestro nombre para la poblar y hacer que se predicase en ella nuestra santa fee católica, y poner debajo de nuestro senorío, y le salió á recibir luego, dándonos la obediencia con toda paz y amor reducidos á nuestro servicios, y luego fué en compañia del dicho Hernando Cortés á la conquista y poblacion de la ciudad de Méjico, y á las provincias de Galisco Mechoacan y otras muchas partes con todas sus gentes, armas y hacienda, y no le desamparó hasta tanto que todo estuvo pacífico debajo de nuestro Señorío, en que pasó grandes trabajos y gastó mucha parte de su hacienda, y que se ha ofrecido y encomendado, como leal vasallo y servidor nuestro, y teneis voluntad de lo continuar para adelante; y me fué suplicado y pedido por merced que en gratificacion de los servicios de vuestro padre y vuestros, y porque de vos y dellos quedase perpétua memoria, é vos é vuestros decendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en cuarto partes: que en la primera parte alta de la mano derecha esté un tronco de amarillo escurecido de colorado en unas peñas verdes y pardas, un arco y dos flechas do oro, puestas en aspa, y sobre ello esté puesta en un pie un águila de su color con las alas a vuelo, y con el pico y pies de oro, con cuatro guirnaldas ó coronas de caciques de colorado y blanco, con argentería de oro; que la una guirnalda tenga puesta la dicha águila en la cabeza y las otras dos en los dos encuentros de las alas, en cada una la suya, y en el pie que tiene levantado tenga la otra, y unas ataduras encadenadas á manera de escalera, que dellas salgan dos astas y entren por de dentro, y una corona de oro que la águila tenga puesta al cuello con un lazo naranjado, y al cabo de las astas estén dos banderas juntas coloradas, con perfiles de oro, y cada una tenga una cruz blanca ó de plata, y fuera de la dicha bandera esté otra cruz colorada, y encima de las banderas dos penachos con plumas amarillas, coloradas y verdes en campo de plata; y en el segundo cuarto alto de la mano izquierda esté, en campo verde, con unas cuestas pardas y un arroyo unas cañas verdes y una yerba con un tronco alto que en la punta tenga una flor amarilla y verde, perfilada de colorado, que se llama bobactitli, todo lo cual esté en campo de cielo, y en el tercero cuarto de abajo de la mano derecha esté un campo verde que por él pase un arroyo de agua, azul y blanca, que nace de una peña, y en la orilla de las dichas aguas esté una planta é yerba que tiene unas flores naranjadas que llaman clavellinas de Indias, en campo de cielo; y en el postrer cuarto bajo de la mano izquierda esté una rodela de indios, de pluma amarilla, labrada de colorado, azul y blanco, con uno lazos de villetas colorados que salen de la dicha rodela, y de encima della sale una cabeza de leon parda, en campo de cielo, y por orla unas letras de oro que digan: O GENTES, VENITE ET VIDETE OPERA DOMINI, QUI POSUIT PAX SUPER TERRAM AUFERENS BELLA USQUE AD FINEM TERRAE, ARCUM CONTRIBIT ET CONFREXIT ARMA ET SCUTA COMBUSIT IGNE, en campo colorado, y por timble y devisa un leon de su color frontero, con su rollo torcido, el cual dicho leon tenga delante de sí el dicho escudo asido con las manos y pies, é salga por abajo del dicho escudo la cola del dicho leon, haciendo un lazo ó ñudo, ó como la mi merced fuese, etc.

Dada en Madrid, a 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

 

 

Alonso Sarmiento’s grant of arms from August 16, 1563, was also made in memory of his father’s efforts during the conquest of Mexico. The second and fourth quarters feature the bezants and baskets full of snakes, respectively, of the Spanish Sarmiento family’s arms. The first quarter is charged with a sword and lance in saltire, enfiling a garland. The third quarter is charged with a rock between a ship on the sea and a castle. Upon rock is a tree the Indians call avevetl and a tree branch which the Indians hang up as a proclamation of war called quecatel pacatli. The bordure has the motto: SIENT TERRE PLUBIA SIC ANIMO TELLIS PLACAVI ATAMEN SI CONTRA POTENS IPSE POTUIT. The crest is a lion rampant.

 

 

Don Phelipe, etc...Por quanto por parte de vos, Don Alonso Sarmiento de Gu...hijo de Don Martin Trueua cavacas, principal de la provincia de Tascala, que es en la nueva España de nuestras Indias del mar oceano, me ha sido hecha relacion que el dicho vuestro padre e vos habeis servido (los puntos suspensivos y lo que está con tipo cursivo indican palabras suplidas por roturas) al Emperador mi Señor de gloriosa memoria y ansi en todo lo que se ha ofrescido como leales vasallos y servidores...con vuestras personas, armas y gente y haziendas, especialmente en la conquista y pacificacion de la cibdad de Mexico y de toda la dicha nueva España y provincias de Galisco y los Chuchumecas, en que siempre vos señalastes por muy leales a nuestro servicio y como tales recebistes y amparastes a Don Hernando Cortes Marques del Valle al tiempo que en nuestro nombre fue a la dicha nueva España, os sujetastes y posistes debajo de nuestro dominio y Señorio Real, y que asi teneis voluntad de lo continuar, y me fué suplicado que por que de vos e de los dichos servicios de vuestro padre y vuestros quedase perpetua memoria e por ello vos e vuestros descendientes fuesedes mas honrrados, vos mandasemos dar por armas un escudo partido en cuatro partes que en la primera parte alta de la mano derecha esté una girnalda de hojas verdes y ataduras coloradas, y que dentro della salgan una lanza con su hierro de su color y en ella una bandera blanca con un sol de oro, y que asi mismo salga de la dicha girnalda una espada desnuda con guarnicion de oro, de manera que la dicha lanza y espada se vengan a cruzar en aspa en medio de la dicha girnalda, y encima dellas esté en medio una corona real de oro en campo azul, y en el segundo cuarto alto de la mano izquierda esten trese rueles de oro en campo colorado y en el tercero cuarto debaxo de la mano derecha este un mar con un navio de su color y un peñasco que este un arbol que llaman avevetl, y de un gajo del cuelgue un ynsinia que llevan los principales indios a la guerra que se llama quecatel pacatli, de su color de plumas azules y naranjadas, coloradas, amarillas, y una torre ó castillo de oro en par del dicho arbol, en campo todo esto de un cielo que llueve, escurecido con nuves relampagos y rayos; en el postrer quarto bajo de la mano izquierda esten dos calderas con dos forjas de oro cada una, y otras dos de plata perfiladas de negro que a cada cabo de las asas esten tres cabezas de sierpes, y las asas jaqueladas de oro y colorado en campo colorado: por orla un letrero de letras latinas en campo de oro que digan: SIENT TERRE PLUBIA SIC ANIMO TELLIS PLACAVI ATAMEN SI CONTRA POTENS IPSE POTUIT por timble un yelmo cerrado con su rollo torcido, y por devisa un leon rampante de su color con una corona de oro en la cabeza e sus trascoles dependencias é follages de azul y oro, ó como la nuestra merced fuese, etc.

Dada en Madrid a 16 de Agosto de 1563. – Yo el Rey.

Yo Francisco Eraso, secretario de su magestad Real la fize escrevir por su mandado. – Presidente licenciado Don Juan Sarmiento El Dotor Vazques. El Doctor Francisco Hernandez de Lieuana Alonso Muñoz.

 

 

On March 3, 1564, King Phillip II of Spain granted arms to another Mexican chieftain, Geronimo del Aguila. This particularly complicated coat of arms contains such charges as arrowheads covered with blood, arms holding a sword and a lance, a cedar tree, an eagle in another tree, white and blue waters, and flames. A motto in the bordure reads: LIBERA ME DOMINE JHESU CRISTE SALVATOR MUNDI, DOMINUS MEUS ET DEUS MEUS...

 

 

Don Felipe, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Geronimo del Aguila, cacique principal, me ha sido hecha relacion que vos y vuestros antecesores me habeis servido en todo lo que en esa Nueva España se ha ofrecido, como muy leales vasallos y servidores nuestros, especialmente en la conquista é pacificacion de la ciudad de Méjico, al tiempo que en ella fué Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, al cual ayudastes con vuestra persona y hacienda, poniendo á gran riesgo y ventura vuestra persona y vida con mucha costa y gasto de vuestra hacienda y de los dichos vuestros antecesores, y que agora teneis voluntad de lo continuar como mi bueno y leal vasallo; todo lo cual nos constaria por ciertas informaciones que ante Nos, en el nuestro Consejo de las Indias, por vuestra parte fueron presentadas, y me fué suplicado que teniendo consideracion á los dichos vuestros servicios y de vuestros antecesores, y porque de vos y dellos quedase perpétua memoria, y vos y vuestros hijos y descendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en siete partes: que la primera parte alta de la mano derecha estén en lo más alto della tres pedernales ensangrentados, á manera de hierros de lanzas,...(Rotura) dellos un hierro...verde, al pie del cual haya un perfil ó faja colorada, en campo de plata; y en la segunda parte, que está en medio de las tres altas, haya en el un lado un brazo con una espada desnuda en la mano, de su color, y al otro lado otro brazo que tenga una lanza con hierro de su color, y en ella una bandera colorada, y en medio de los dichos dos brazos un escudo con las cinco plagas coloradas y tres ternos azules clavados en la de en medio, en campo de plata, y en el dicho escudo una orla ó perfil de oro, que salga de ella una cruz alta con unos resplandores de oro colorados, en campo de cielo; y en la tercera parte alta de la mano izquierda esté un árbol llamado cedro verde, y el tronco colorado, puesto sobre un cerro verde, y al pie dél estén unas aguas azules y blancas, y sobre el dicho árbol esté asentada una águila parda, y encima de la ala derecha tenga un ramo de colores azul y amarillo y colorado y negro, en campo de cielo; y en la cuarta parte de la mano derecha estén las mismas insignias y armas que están en la tercera de la mano izquierda; y en la quinta sucesive; y en la sexta parte de la mano derecha; estén unas lenguas o puntas de fuego, en campo pardo; y en la sétima y última parte esté un rio de agua y sangre, y por orla unas letras negras que digan: LIBERA ME DOMINE JHESU CRISTE SALVATOR MUNDI, DOMINUS MEUS ET DEUS MEUS...(Rotura) un yelmo cerrado, con su rollo torcido, y por devisa unos plumajes colorados con sus trascoles y dependencias é follages de azul y oro, ó como la mi merced fuese, E yo acatando, etc.

Dada en Barcelona á 3 de Marzo de 1564. – Yo el Rey.

 

 

Another grant of arms from March 3, 1564, was made to Antonio Cortés, chief of the pueblo of Clacupaulo. This extremely complicated coat of arms is charged with, among other things, a white house from which are hanging three garlands which, according to the text of the blazon, the Indians would wear in time of war, a naked Indian in water reaching towards an orb or globe with the words MUNDO MENOR, waves, flames, an eagle, a lion, trees, red flowers, a native temple which is on fire, a tiger, a native shield, shells and an Indian’s sword. An eagle in the crest holds a scroll in its beak featuring the words AGUILA BLANCA PEQUEÑA.

 

 

Don FELIPE, etc...Por cuanto por parte de vos, Don Antonio Cortés, cacique del pueblo llamado Clacupaulo, me ha sido hecha relacion que vos y vuestros antecesores nos habeis servido en todo lo que se ha ofrescido, como leales vasallos y servidores nuestros, especialmente en la conquista y pacificacion de esa ciudad de México, donde ayudastes á Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, al tiempo que con los demás españoles la redujeron á nuestro servicio, en que os señalastes, principalmente poniendo en mucho peligro vuestra persona, y haciendo grandes gastos de vuestra hacienda, y que así teneis voluntad de lo continuar y perseverar en nuestro servicio, como constaba y parecia por cierta informacion que por vuestra parte fué presentada ante Nos en el nuestro Consejo de las Indias, y me fué suplicado por porque de los dichos vuestros servicios y de los vuestros antecesores quedase perpétua memoria, y vos y vuestros descendientes fuésedes más honrados, vos mandásemos dar por armas un escudo partido en sus partes y cuatros: que en el primer cuarto alto de la mano derecha esté una casa blanca pintada de negro, con la portada y ventanas de colorado, la cual dicha casa esté pintada sobre un campo pardo, y encima de la dicha casa haya tres guirnaldas, que son las insignias que suelen llevar los indios principales á la guerra encima de la cabeza, de azul, con unas puntas de oro encima, á manera de corona, las cuales se atan hacia atrás con un lazo colorado y los cabos amarillos en campo de plata; y en el segundo cuarto alto de la mano izquierda estén unas aguas de mar azules y blancas, que en el medio dellas estén un mundo de azul y oro, perfilado de colorado, que le falta una parte ó pedazo para cumplir su redondez, y que dél salga una cruz de oro, con dos brazos de hombres en camisa, que abrazan y tienen con las manos la dicha cruz, y un lucero de oro en lo alto del dicho cuarto, que salen dél unos rayos hacia el mundo, y brazos con unas letras coloradas, partidas en dos partes, que digan: MUNDO MENOR, en campo de cielo; y en el tercero cuarto de los dos de en medio estén unas aguas de mar azules y blancas, que en medio haya y esté otro mundo como el del segundo cuarto, y que esté adorando la cruz dél, con las manos puestas, un indio desnudo y metido en las dichas aguas hasta los pechos, con una guirnalda puesta en la cabeza, de azul y colorado y amarillo, y con las mesmas letras y luceros y demás insignias que en el dicho cuarto alto están, y en campo de cielo; y en la cuarta parte, á cuarto de en medio, esté la casa y guirnaldas y colores, como arriba está dicho del cuarto primero de la mano derecha; y en el quinto cuarto de abajo de la dicha mano derecha; y en el quinto cuarto de abajo de la